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ICgest

GESTIÓN COMERCIAL UNIFICADA

Permite controlar y visualizar todas las acciones vinculadas a la labor comercial de tu empresa: gestión de pedidos de clientes y proveedores, facturas, compras, stocks, etc.

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ICbread

GESTIÓ DE FLEQUES, PASTISSERIES I OBRADORS

Permet una gestió òptima del procés administratiu. Inclou control de vendes, d’estocs, de comandes i de traçabilitat entre d’altres. És intuïtiu, molt àgil d’utilitzar i fàcilment configurable.

Gestionar àrea comercial
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ICmeat

GESTIÓ D'EMPRESES CÀRNIES

Facilita un control exacte i rigorós d'animals, certificats de sanitat, control d’envasat i paletització, etiquetat, traçabilitat del producte i de tot allò relatiu a la manipulació de productes elaborats.

Gestionar personal
SOLUCIÓN

ICpers

GESTIÓN INTEGRAL DEL PERSONAL

Facilita el control y seguimiento de las entradas y salidas, turnos de trabajo, calendarios, altas, bajas, historial de contratos, etc.

Controlar producción
SOLUCIÓN

ICprod

PRODUCCIÓ SOTA CONTROL

Permite controlar los costes de los artículos que fabrica tu empresa mediante escandallos. Facilita el cálculo de las necesidades de materia prima.

Controlar finanzas
SOLUCIÓN

ICcomp

FINANZAS EN ORDEN

Proporciona a los departamentos de finanzas y contabilidad de tu empresa los informes financieros y análisis contable, generando los informes pertinentes sin complicaciones.

Automatitzar cobros
SOLUCIÓN

ICtpv

PROCESO DE VENTA OPTIMIZADO

Facilita el momento de la venta en establecimientos, ahorrando recursos y tiempo a la persona que realiza la gestión. Se enlaza con el programa de gestión comercial y evita la entrada de datos por duplicado.

Controlar órdenes de trabajo
SOLUCIÓN

ICotr

ÓRDENES DE TRABAJO

Facilita la facturación de cada trabajo asignado a un cliente. Permite llevar un seguimiento exhaustivo de las tareas realizadas, las horas dedicadas a cada trabajador, el material utilizado, los desplazamientos y los gastos vinculados.

Controlar maquinaria
SOLUCIÓN

ICmaq

CONTROL DEL MANTENIMIENTO Y REVISIONES DE MÁQUINAS

Idóneo para industrias equipadas con maquinaria compleja que requiere llevar un control exhaustivo y unas revisiones periódicas planificadas que aseguren su funcionamiento óptimo.

Gestionar almacén
SOLUCIÓN

IClogis

OPERACIONES AUTOMATIZADAS PARA EMPRESAS LOGÍSTICAS Y DE TRANSPORTES

Permite conocer y gestionar las fases y costes de producción, la entrega de los productos y tener un control total de la trazabilidad y entregas.

Servidores, seguridad, redes
SOLUCIÓN

Servidores, seguridad, redes

HARDWARE Y SISTEMAS

Proporcionamos servidores ampliables según el número de usuarios y programas que necesita tu negocio. Nos ocupamos de la instalación, monitorización y mantenimiento de la infraestructura de red local. Garantizamos la seguridad de la red y la seguridad perimetral de los servidores.

Nuevos equipos informáticos
SOLUCIÓN

Nuevos equipos informáticos

HARDWARE Y SISTEMAS

Suministramos, configuramos y realizamos el mantenimiento de maquinaria informática de las mejores marcas.

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    Ley Antifraude y Ley “Crea y crece”, ¿cómo afectarán a tu empresa?

    Ambas leyes han sido diseñadas con el objetivo de digitalización y transparencia, para abordar cuestiones fundamentales en el ámbito empresarial y fiscal y tendrán un impacto directo en cómo las empresas y autónomos gestionan sus procesos de facturación. A continuación te las presentamos en detalle.

    LEY ANTIFRAUDE | CARACTERÍSTICAS

     

    ORGANISMO IMPULSOR
    – Ministerio de Hacienda (Ley 11/2021 de Transposición de la Directiva (UE) 2018/1164 – Real Decreto 1007/23 “Veri*factu”).

     

    ENTRADA EN VIGOR
    – 11 de octubre de 2021. Su reglamento se aprobó el 5 de diciembre de 2023.

     

    ESTADO EN MAYO 2024
    – Pendiente de publicar la orden ministerial con la información técnica definitiva para los fabricantes de software.

     

    OBJETIVOS
    – Lucha contra el fraude fiscal efectuado con software de doble contabilidad y ocultación de ventas.

     

    ASPECTO MÁS RELEVANTE
    – Grabación electrónica de los registros de facturación (no confundirlos con las facturas) para poder ser enviados a la AEAT mediante el nuevo sistema Veri*factu.

     

    A QUIÉN AFECTARÁ
    – Empresas y autónomos españoles que facturan por debajo de los 6 millones de euros anuales y no están acogidos al REDEME.

     

    FACTURAS AFECTADAS
    Los registros de facturación de todas las facturas emitidas:
    – B2B (empresa/autónomo a empresa/autónomo)
    – B2C (empresa/autónomo a particular)
    – B2G (empresa/autónomo a administración pública)
    NOTA: Los registros de facturación de las facturas recibidas no tendrán que enviarse a la AEAT.

     

    PLAZOS DE APLICACIÓN
    – Para empresas y autónomos será obligatorio operar con los nuevos sistemas de facturación a partir del 1 de julio de 2025.
    – Los fabricantes de software tendrán 9 meses a partir de la fecha de aprobación del reglamento de la ley para adaptar sus productos a la nueva normativa (cuando ésta se publique).

     

    IMPLICACIONES EN LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE LAS EMPRESAS
    – Los sistemas informáticos de facturación y contabilidad tendrán que estar certificados por sus fabricantes.
    – La implementación del Veri*factu como sistema de facturación permitirá a la AEAT verificar la autenticidad de las facturas en tiempo real, a partir de los registros de facturación que se enviarán online.

     

    ACLARACIONES
    – La ley permitirá que los sistemas de facturación sean o solo Veri*factu o duales (Veri*factu + no Veri*factu), pero no permitirá que solo sean no Veri*factu.
    – El software IC Suite y el resto de softwares de facturación desarrollados por Inducontrol serán solo Veri*factu.
    – La ley prevé que el envío de los registros de facturación sea voluntario, pero las empresas y autónomos que no se acojan a ella tendrán que tener acceso a un envío Veri*factu, ya que en cualquier momento podrán ser requeridos por la AEAT.

     

    SANCIONES PREVISTAS
    – Contribuyentes que utilicen software que no cumpla la normativa: 50.000 €.
    – Fabricantes de software que comercialicen software que no cumpla la normativa: hasta 150.000 €.

    LEY «CREA Y CRECE» | CARACTERÍSTICAS

     

    ORGANISMO IMPULSOR

    – Ministerio de Economía (Ley 18/2022 de 28 de septiembre).

     

    ENTRADA EN VIGOR

    – 19 de octubre de 2022.

     

    ESTADO EN MAYO 2024

    – Pendiente de finalizar y aprobar su reglamento.

     

    OBJETIVOS

    – Lucha contra la morosidad; reducción del fraude y mejora de la recaudación fiscal; aumento de la eficiencia y mejora de la gestión mercantil.

     

    ASPECTO MÁS RELEVANTE

    – Obligatoriedad de la implementación de la factura electrónica para las operaciones B2B entre empresas y autónomos españoles.

     

    A QUIÉN AFECTARÁ

    – Empresas y autónomos españoles.

     

    FACTURAS AFECTADAS

    – Facturas B2B en las que el destinatario sea español.

    No afectará a las facturas B2C ni a aquellas en las que el destinatario sea de fuera del ámbito geográfico de aplicación de la ley (intracomunitario y exterior).

     

    PLAZOS PARA INCORPORAR LA FACTURA ELECTRÓNICA

    – Empresas y autónomos que facturen más de 8 millones: un año a partir de la fecha de aprobación del reglamento de la ley.

    – Empresas y autónomos que facturen menos de 8 millones: dos años a partir de la fecha de aprobación del reglamento de la ley.

     

    IMPLICACIONES EN LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE LAS EMPRESAS

    – Los sistemas informáticos de facturación tendrán que poder emitir y recibir facturas como mínimo en uno de los cuatro formatos electrónicos previstos por la ley: Facturae, Edifact, UBL y Cefact.

    – Se prevé que la mayoría de sistemas de facturación solo emitirán las facturas en uno de los formatos previstos por la ley. Esto supondrá que los sistemas de facturación se vincularán a una Plataforma de Intercambio de Factura Electrónica (PIFE) que realizará las transformaciones de formato.

    – Todas las empresas y autónomos tendrán que hacer públicos sus portales de entrega de las facturas.

    – Los sistemas de facturación tendrán que informar a la AEAT y a los emisores del estado de las facturas recibidas: Recibida, Aceptada / Rechazada, Contabilizada y Pagada.

     

    ACLARACIONES

    – La factura impresa en papel o en formato PDF y firmada digitalmente seguirá siendo válida cuando el destinatario sea un particular o sea de fuera del ámbito geográfico de aplicación de la ley (intracomunitario y exterior).

    – Habrá un plazo de 4 días para aceptar o rechazar las facturas electrónicas recibidas. Si no hay respuesta una vez finalizado este plazo, la factura se considerará aceptada por el destinatario.

     

    SANCIONES PREVISTAS

    – Hasta 10.000 €.

    Nuestro objetivo es garantizar el óptimo funcionamiento del programario ICsuite y del resto de softwares de facturación cuando estas normativas entren en vigor. Sin embargo, destacamos que las especificaciones técnicas definitivas de ambas normativas todavía no están publicadas y buena parte de las especificaciones provisionales ya publicadas estarán sujetas a cambios y modificaciones que seguiremos con atención para poder darles respuesta con la máxima eficiencia y agilidad.

     

    Para más información, puedes consultar el siguiente enlace de l’AEA.